RESUMEN EJECUTIVO: El gobierno ha publicado un análisis de los números que marcarían el resultado económico para el país del proyecto UPM2. La piedra angular de dicho informe es que se generaría una nueva recaudación anual de U$S 120 millones por impuestos (DGI) y aportes (BPS). Demostramos, basándonos en la información de cuentas nacionales del BCU, que dicha afirmación es incorrecta. El aumento real de recaudación previsible no supera los U$S 30 millones. Esto afecta esencialmente todo el balance entre los aportes de ROU y los de UPM al proyecto. Los números a la luz de esta consideración son profundamente negativos para el país. Estamos preparando un nuevo trabajo donde lo demostramos.
William Yohai - 22 de febrero de 2019
Hace una semana publicamos un trabajo que criticaba uno de los informes publicados (1) en página de Presidencia de la República respecto al costo-beneficio del proyecto UPM2.
Citábamos dicho trabajo: ““En suma, la puesta en marcha de una tercera planta de celulosa con el rango de capacidad de producción especificado en la VAL, y de mantenerse los precios de exportación de los últimos años, tendría un impacto incremental en las exportaciones de bienes en torno a los US$ 1.155 millones.
Teniendo en cuenta que los insumos para la producción de celulosa serán principalmente de origen nacional, un incremento de las exportaciones de aproximadamente US$ 1.155 millones redundará en un aumento de similar magnitud en el Producto Interno Bruto, aproximadamente 1,9% del PIB a valores de 2017.
Una posible estimación del impacto recaudatorio de la puesta en marcha de la segunda planta de UPM podría realizarse a partir de la presión tributaria sectorial de DGI y BPS del sector “A.020-Silvicultura, extracción madera y servicios conexos”: en promedio 14,9% del valor agregado sectorial en el periodo 2011-2014.
Considerando que aproximadamente el 30% 2 del PIB antes mencionado se generaría dentro de la zona franca, y por ende no se encontraría gravado, el coeficiente de presión tributaria sectorial corresponde se aplique sobre el 70% restante del PIB. En efecto, esto equivale a decir en forma simplificada que, un aumento del PIB de US$ 1.155 millones se podría traducir en recaudación de la DGI y del BPS por aproximadamente US$ 120 millones anuales.””
Y a continuación afirmábamos:
“¿porqué decimos que es la piedra angular del análisis económico financiero del proyecto?
Porque todos los números que siguen, y son muchos, se basan precisamente en esa supuesta recaudación de 120 millones de dólares anuales de impuestos que generaría UPM2 al funcionar a plenitud. O sea, frente a los costos para el país (gravemente minimizados ya que no se considera el contrato eléctrico) se contrapone esa cifra de hipotética recaudación y se le suman los magros cánones que pagaría UPM. Veámoslo en detalle: 1) Se afirma que (después de revisar antes los precios de exportación de la celulosa) la planta incrementaría las exportaciones nacionales en U$S 1.155 millones, un 1.9% del PBI
Y se dice que dicho aumento del PBI se debe a que los insumos para la producción de celulosa son en su gran mayoría de origen nacional. En efecto, para calcular el PBI generado por cualquier producción se detraen del valor total generado los valores sumados de los insumos que entraron al proceso. Dicho de otra forma, la mayoría del valor (U$S 1.155 millones) exportado fue generado antes de la entrada de la planta. 2) Entonces, ¿en qué quedamos… si el 70% del valor se generó al producir los troncos (materia prima esencial, seguramente la mayoría del valor que ingresa a la planta que se complementa con los químicos que se utilizan en el proceso, parte de ellos producidos también en el país) está claro que la planta no provoca un aumento del PBI del 1.9%. Si seguimos el razonamiento del gobierno la planta genera apenas un 0.57% de aumento del PBI. El resto se produce en los viveros, los montes, el transporte, los químicos, etc. Y, consecuentemente, los 120 millones de dólares de recaudación del bps y la DGI que supuestamente provocaría UPM2 no existen.” (2)
Nuestro razonamiento se basaba en la línea argumental del gobierno y la aceptación de la afirmación de que “Considerando que aproximadamente el 30% 2 del PIB antes mencionado se generaría dentro de la zona franca, y por ende no se encontraría gravado, el coeficiente de presión tributaria sectorial corresponde se aplique sobre el 70% restante del PIB.”
Continuamos investigando y fuimos a la fuente, que no es otra que los informes de cuentas nacionales (c.c.n.n.) que publica el Banco Central del Uruguay (BCU).
Revisamos los antecedentes: ¿qué dicen dichos informes respecto a lo sucedido con la instalación de las dos plantas de celulosa existentes? Resumimos lo informado en el siguiente cuadro: