Este cuartel, fue sede de distintas unidades, entre 1968-1973, mientras funcionaba el CGIOR cientos y cientos de ciudadanos fueron detenidos en el marco de la MPS (medidas prontas de seguridad) y encarcelados en ese lugar. Entre 1978 y 1982 funcionó como centro clandestino de interrogación y tortura de la Compañía de Contrainformaciones
El Informe Técnico que se presenta a continuación fue confeccionado por el Equipo de Investigación Histórica en respuesta a una solicitud realizada por la Comisión del Sitio de Memoria exCGIOR.
El mismo es de carácter preliminar en la medida en que aún queda documentación por relevar que, eventualmente, nos permitirá obtener mayor información sobre el funcionamiento de las distintas instituciones y/o departamentos de las Fuerzas Armadas que tuvieron sede en el local de Víctor Haedo 2020 y el rol que las mismas desempeñaron en la estrategia represiva del Estado uruguayo entre 1968 y 1985.A su vez el informe cuenta con una ampliación que se presenta al final realizada a raíz de nueva documentación analizada.
Las instalaciones ubicadas en la calle Eduardo Víctor Haedo (ex Dante) 2020 comenzaron a construirse a partir de 1879 y en el transcurso del tiempo han servido de locación a distintas unidades e instituciones de las Fuerzas Armadas. En lo que compete al período investigado por el equipo (1968-1985), podemos distinguir las siguientes etapas según la Unidad o institución que lo tuvo como sede (1):
1. 1945 – 1975. Centro General de Instrucción de Oficiales de Reserva (CGIOR)
2. 1975 – 1980. Liceo Militar N. º 1 “Cnel. Lorenzo Latorre”
3 1980* – 1987. Escuela de Inteligencia del Ejército. Compañía de Contrainformaciones del Ejército Escuela de Idiomas del Ejército
* Según testimonio de Universindo Rodríguez la Compañía de Contrainformaciones del Ejército ya utilizaba ese local a fines del año 1978.
En 1943 se aprueba la ley que da origen al Centro General de Instrucción para Oficiales de Reserva (CGIOR), el que en el año 1945 pasa a funcionar en el local de la ex calle Dante. El objetivo del mismo era capacitar a los civiles para la defensa nacional, encaso de ser necesario movilizar a la población. También era el lugar donde los oficiales realizaban los cursos de pasaje de grado para sus ascensos.
En el período abordado la jefatura del CGIOR estaba a cargo de un oficial con grado de Coronel y dependía del Estado Mayor General del Ejército (EMGE), a cuyo frente se encontraba el Comandante en Jefe del Ejército.
A partir de 1968 y especialmente desde junio de ese año, el Estado uruguayo comenzó a adoptar medidas de excepción, previstas en la Constitución, las que se tornaron permanentes en la época (Medidas Prontas de Seguridad, Suspensión de las Garantías Individuales y más adelante Estado de Guerra Interno y Ley de Seguridad del Estado)
En ese marco y como se señaló, la aplicación de las Medidas Prontas de Seguridad (MPS) se transformó en una práctica sistemática de parte del gobierno, con el objetivo de frenar y reprimir la cada vez más creciente movilización social. ?Las MPS están previstas en el artículo 168 inc. 17 de la Constitución de la República, el mismo establece lo siguiente:
“Al Presidente de la República, actuando con el Ministro o Ministros respectivos o con el Consejo de Ministros, corresponde... 17) Tomar medidas prontas de seguridad en los casos graves e imprevistos de ataque exterior o conmoción interior, dando cuenta dentro de las veinticuatro horas a la Asamblea General, en reunión de ambas Cámaras o, en su caso, a la Comisión Permanente, de lo ejecutado y sus motivos, estándose a lo que estas últimas resuelvan”
Estas constituyen un instituto extraordinario de derecho que habilita al Estado a intervenir en forma inmediata ante situaciones consideradas de excepción. En nuestro caso las mismas fueron aplicadas con sistemática regularidad y su vigencia se mantuvo por largos períodos de tiempo en los años previos al golpe de Estado y posteriormente hasta el retorno democrático.
Asimismo fueron utilizadas como fundamento y justificación para el mantenimiento en situación de detención de ciudadanos cuya libertad había sido establecida por la justicia ordinaria y/o la militar.
En referencia al CGIOR y según surge del análisis documental, que apoya los cientos de testimonios y registros de prensa de la época, desde 1968 funcionó como lugar de detención de civiles en el marco de aplicación de estas medidas (2)
Numerosos sindicalistas y militantes sociales fueron detenidos y trasladados a esta Unidad (y a otras) en el marco de los decretos del Poder Ejecutivo que establecían la militarización de empleados del Banco República y del Banco Central (24 de junio de 1968), de los funcionarios de Subsistencias (28 de junio de 1968) y de los funcionarios de UTE, OSE, ANCAP y Telecomunicaciones (01 de julio de 1968).
Esta situación no fue excepcional, sino que se mantuvo en el tiempo, como veremos que surge de Legajos Personales Militares, dando inicio a la crisis de la democracia en tanto el estado garantista de derechos daba paso al estado policial. En ese marco de transformaciones, el 10 de agosto de 1971, a través del Decreto 501/71 (25.014) se suspenden los cursos que se impartían en el CGIOR, los que se reiniciarán recién en 1980.
Casi un mes más tarde, ocurre un hecho que será crucial para el avance de la dinámica represiva en el país: el 9 de setiembre de 1971 a partir de la promulgación del Decreto 566/971, el Poder Ejecutivo encomendó a las Fuerzas Armadas la conducción de las operaciones antisubversivas, las que se harían en conjunto con la policía, creándose de hecho las Fuerzas Conjuntas (FFCC)
A partir de ese momento se cristaliza el cambio que venía procesándose de tiempo atrás en el diseño de la estrategia represiva del Estado y comienza a funcionar el Órgano Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA), el que operó a través de grupos denominados “cuerdas”, conformados por oficiales y subalternos provenientes de distintas unidades militares.
En ese contexto el CGIOR seguía cumpliendo las funciones de un centro de detención de civiles, según se extrae del Legajo Personal Militar de Gustavo Taramasco Steinfeld, que integró CGIOR en 1971 y hasta marzo de 1972 y que posteriormente fue oficial destacado en OCOA.
En su Legajo podemos leer que se menciona la “situación especial que vive el Instituto, con una misión diferente a la normal” vinculada a la custodia de detenidos en el marco de las MPS (3)
Asimismo figura una nota dirigida al Jefe del CGIOR donde realiza sus descargos frente a noticias de prensa que refieren al trato dado a los detenidos y solicita que se emita un comunicado público desmintiendo las acusaciones:
"Ante versiones publicadas en la Prensa del día 12 del corriente que directamente afectan el honor de los Oficiales del Ejército y en particular a los que tienen trato directo con los detenidos en el Marco de las Medidas Prontas de Seguridad entre los cuales se encuentra el suscrito y que eran una corriente de opinión pública desfavorable a las FF.AA. y al Instituto."(4)
El Jefe del CGIOR, Coronel Alonso Gallardo, desestima la confección de un comunicado de prensa, pero le explicita el apoyo y confianza en lo actuado: "Que el señor Comandante en Jefe manifestó en forma expresa al suscrito la confianza en el Comando y Oficiales del CGIOR respecto a los procedimientos realizados hasta la fecha rereferente a los detenidos, de lo cual enterados fueron los señores Oficiales." (5)
Por otra parte, también en abril 1971 la Dirección de Información e Inteligencia realiza una descripción del CGIOR como centro de detención dando detalle de la vigilancia, guardias armados, visitas al centro, cantidad de pabellones y personas en cada uno:
“Dentro del CGIOR la situación es totalmente distinta ya que la vigilancia del ejército es mucha más eficaz que la del Penal (se refieren al Penal de Punta Carretas) o sea que siempre hay en el CGIOR un soldado a la vista de los reclusos que impide que se haga cualquier tipo de entrenamiento o gimnasia de karate, también de discusiones o asambleas dentro de los barracones. En todo momento cuando se va a comer o cuando se termina de comer hay siempre guardias del ejército armados a guerra que impiden todo tipo de posibilidades de fuga de los detenidos en los cuarteles. (...) En el CGIOR los integrantes del MLN están más compartimentados no permite que nadie hable con ellos porque es más fácil la infiltración por parte de los efectivos de seguridad ya que el pasaje por allí es más corto y están más compartimentados, hablan de grupitos y no se mezclan con nadie. (...) Ha salido en la prensa comunicados de los presos políticos en el CGIOR, es evidente que ha habido alguna infiltración pero se descarta al ejército ya que no se ha visto conversando con ningún soldado, o es probable que sea por los familiares o por los abogados, o que como entra sale ya que la revisación a los familiares por el ejército no están eficaz como la que se hace en el penal ya que no revisan tanto a los familiares y podrían ser que entraran y salieran los comunicados más bien de la F.A.U. que es la que lleva la lucha en la calle con los presos políticos. (...)
En el CGIOR están en dos pabellones, en uno hay 20 personas y en otro hay 12, sería necesario que estuvieran separados los que vienen del penal y los que vienen de la calle para que no haya oportunidad de adoctrinamiento, a pesar de que no vi reuniones entre integrantes del MLN y que no fueran de él, o sea que en el CGIOR no hay ya adoctrinamiento, ni ningún tipo de curso pero igual sería conveniente que estuvieran separados (...) Las visitas en el CGIOR son de las 2 a las 5 de la tarde pero con soldados a la vista, cuando hay mucha gente duran de 1 hora y media y se hacen en dos turnos y cuando hay poca gente se hacen en un turno solo y duran 3 horas. Ahora el régimen de visitas a pesar de tener un soldado a la vista posibilita que se pasen cosas o papeles muy chicos, porque el soldado está a la vista pero no puede controlar lo que se pueda pasar en las manos o algo así. (...)” (6)
También agrega características sobre otras condiciones de detención:
“Se comenta en el CGIOR que la Marina, trata mucho mejor a los presos políticos que la comida es mucho mejor allí, que se les da un trato más familiar mientras que el Ejército es mucho más severo, más recto. (...)” (7)
El equipo ha intentado confeccionar un listado primario de detenidos en el CGIOR, pero ha obtenido escasos resultados en comparación con el número de personas que estuvieron recluidas allí. De todas formas incorporamos la información obtenida y relevada hasta el momento, teniendo en cuenta la salvedad señalada.
Apellidos y Nombres | Fecha de detención en CGIOR | Trasladado luego a: | Fuente ubicación de archivo: 777
PRIETO BENECIO, Ruben Walter | 1968/08/11 | rollo_1021_ a4.0445 y rollo_1021_ a 4.0446
MECHOSO MÉNDEZ, Alberto Cecilio | 1969/07/15 | Rollo 283_1057 a 283_1067
CABRERA PRATES, Ary |1969/08/02 | rollo 198-0710 a rollo198_716
GATTI ANTUÑA, Gerardo Francisco | 1970/08/05 |Ficha Patronímica de Gatti de la Dirección DNII. MI
PRIETO GONZÁLEZ, Ruben 1970/11/26 | hasta el 1970/12/01 | Rollos: 309_0036.1984 a309_0045.1984
22/12/1970. Son puestos en libertad unas 600 personas que se hallaban detenidas en el CGIOR desde un tiempo atrás |”Las Fuerzas Armadas al Pueblo Oriental. Tomo 1.2 da parte. La Subversión. Pág. 6841
9/04/1971. “En el CGIOR están en dos pabellones, en uno hay 20 personas y en otro hay 12” | Memorándum. Situación de los reclusos del M.L.N., FARO y FAU que se encuentran en el CGIOR. Dpto. N.º 2. Carpeta Nº 18. Policía de Montevideo. DNII. Nº 5001/14. Asunto Cárcel de Punta Carretas, situación de detenidos del MLN y FARO.
FONTELA ALONSO, Alberto Mariano | 1971/--/-- |Ficha Patronímica de Fontela Alonso, Alberto Mariano de la DNII. MI
RODRÍGUEZ MERCADER, Carlos Alfredo | 1971/01/04 | hasta un mes después Rollos: 315_0641 a 315_0648. Y Rollos: 717 ocoa_0876.1985 a 717ocoa_0886.1985
GATTI ANTUÑA, Gerardo Francisco 1971/03/06 Al Centro General de la Armada 24/05/1971 Ficha Patronímica de Gatti Antuña, Gerardo Francisco de la DNII. MI
CORRES PÉREZ, Hugo Andrés | 1971/04/30 hasta por lo menos el 1971/10/26 | Punta de Rieles 1 rollo_1021_ a4.0479 a rollo_1021_ a4.0481
DÍAZ BERDAYES, José Félix | 1971/05/03 | Punta de Rieles 1971/05/04 | rollo_1021_ a4.0215 a rollo_1021_ a4.0217
MAIDANA BENTIN, Félix 1 | 971/05/23 | lo trasladan desde Cárcel Central |Ficha Patronímica de Maidana Bentín, de la DNII al MI
VIANA PEREIRA, Bolívar | 1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA: Relación de detenidas en unidades militares. 11/12/1972
COSTA IGUINI, Ever | 1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA: Relación de detenidas en unidades militares. 11/12/1972
(Ilegible) ALBERTI, Armando Dionicio |1972/12/11 |DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA: Relación de detenidas en unidades militares. 11/12/1972
(Ilegible) PADERI, Pedro Luis | 1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA: Relación de detenidas en unidades militares. 11/12/1972
(Ilegible) AQUINO, Manuel Oribe | 1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA: Relación de detenidas en unidades militares. 11/12/1972
(Ilegible) Raúl | 1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA: Relación de detenidas en unidades militares. 11/12/1972
EGUREN LOYARTE, Marcelino Eduardo | 1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA: Relación de detenidas en unidades militares. 11/12/1972
NUÑEZ BALESTA, Efraín | 1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA
NUÑEZ GONZÁLEZ, | 1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA
Oscar | 5001/43. Asunto: OCOA: Relación de detenidas en unidades militares. 11/12/1972
(Ilegible), José Oscar | 1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA
(Ilegible), Ángel A. | 1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5
LUCAS NIETO, Carlos María |1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA
(Ilegible), Luis Eduardo | 1972/12/11 || DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA
(Ilegible) DÍAZ, Florencio A. |1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA
(Ilegible) ÁVILA, Carlos María |1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA
(Ilegible), Miguel A. | 1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA
(Ilegible) ASTERRA, Darío | 1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA
PRIETO ROCHA, Oscar 1 1972/12/11 | DNII. Carpeta N.º 65. N.º 5001/43. Asunto: OCOA
En lo que respecta a los años siguientes (1973-1975) el equipo no ha relevado información sobre la existencia de detenidos en el local. En este sentido es importante tener en cuenta los cambios que se producen a partir de 1973, no sólo por el golpe de Estado ocurrido el 27 de junio de ese año, sino en cuanto al funcionamiento cada vez más afianzado de las unidades militares, la progresiva consolidación de OCOA como agencia represiva dentro de Montevideo y área metropolitana , la utilización del local del Cilindro como depósito de detenidos en el marco de las MPS a partir de la realización de la huelga general (y que se mantuvo hasta 1976) junto con el ya “inaugurado” Establecimiento Militar de Reclusión Nro.1 (Penal de Libertad), en el año 1972.
Finalmente en el año 1979, por el Decreto 293/79 se dispone la reiniciación de los cursos para Oficiales de Reserva a partir del mes de mayo de 1980, pero bajo jurisdicción de la Escuela de Armas y Servicios (EAS) ya que se entendió que era innecesaria la existencia de un centro independiente. (8)
notas
1) Información extraída del sitio web www.enopu.edu.uy
2) 2 Ministerio de Defensa Nacional. Documentación microfilmada por el Servicio de Información de Defensa. Rollo 1021: rollo_1021_ a4.0445 y rollo_1021_ a4.0446. Archivo de la SDDHHPR.
3) Legajo Personal Militar Taramasco Steinfeld, Gustavo Adolfo. Fs. 152. Archivo de la SDDHHPR.
4) Legajo Personal Militar Taramasco Steinfeld, Gustavo Adolfo. Fs. 154. Archivo de la SDDHHPR.
5) Legajo Personal Militar Taramasco Steinfeld, Gustavo Adolfo. Fs. 154vto. Archivo de la SDDHHPR.
6) Memorándum. Situación de los reclusos del M.L.N., FARO y FAU que se encuentran en el CGIOR. Dirección de información e inteligencia Dpto. N.º 2. Carpeta Nº 18. Policía de Montevideo. Dirección de Información e Inteligencia. Nº 5001/14. Asunto Cárcel de Punta Carretas, situación de detenidos del MLN y FARO.
7) Informe Nº 1781. Situación de los reclusos del M.L.N., FARO y FAU que se encuentran en el CGIOR. Lunes 19 de abril de 1971. Carpeta N.º 6. Policía de Montevideo N.º 5001/30. Dirección de Información e Inteligencia. Asunto: Informe “Punta Carretas” “CGIOR” Recluidos: sediciosos, comunes, etc.
8) http://www.impo.com.uy/bases/decretos/293-1979
Equipo de Investigación Histórica (Continuara)