13.JUL.20 | PostaPorteña 2127

México «CON EL TMEC SE PROFUNDIZA EL MODELO EXTRACTIVO MINERO»

Por REMA

 

COMUNICADO  REMA 7 julio 2020

El primero de julio de 2020 entró en vigor el Tratado México-Estados Unidos-Canadá (TMEC). Este tratado representa la cereza del pastel que le da continuidad y consolida a la política de apertura comercial que bajo el enfoque neoliberal inició bajo el gobierno de Carlos Salinas de Gortari, hoy refrendada y fortalecida por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

Cabe recordar que el marco normativo y la política minera que asolan desde hace más de dos décadas y media el territorio nacional, con más de 2 mil proyectos de devastación y muerte -entre proyectos vigentes y cerrados-, reciben su actual configuración desde 1992, a partir de la promulgación de la Ley Minera aún vigente. Esta ley, en conjunto con la reforma constitucional al Artículo 27, con una clara tendencia a dañar la propiedad social de la tierra, y fomentar una nueva legislación sobre la gestión pública del agua, representaron adecuaciones hechas por parte del gobierno de Carlos Salinas de Gortari para establecer las bases para destrabar las negociaciones condicionadas por EU que dieron origen del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

La actual política extractiva minera deriva de la política comercial y de inversiones impuestas por el TLCAN y, que ahora, en el TMEC son reforzadas a favor del despojo. Estas normas y políticas públicas favorecen y protegen desmesuradamente al inversor minero, anula los derechos de poblaciones habitantes y dueñas de los territorios afectados en forma permanente por estas actividades y, las poblaciones supuestamente beneficiarias y dependientes de los servicios ambientales prestados por estos territorios, así como de los propios trabajadores que, por necesidad económica o por coacción o por sometimiento  por parte de grupos armados que operan en el contexto de las empresas mineras, participan en las actividades de extracción, mientras progresivamente son despojados del valor de su territorio, trabajo, salud, su vida comunitaria y sus bienes naturales.

En el apartado sobre Medio Ambiente, el TMEC establece:

“24.2.5.- Las Partes además reconocen que es inapropiado establecer o utilizar sus leyes ambientales u otras medidas de manera que constituya una restricción encubierta al comercio o a la inversión entre las Partes.” (Capítulo 24, Artículo 2, fracción 5).

“24.6.3.- (Con respecto procedimientos administrativos, cuasi-judiciales o judiciales que busquen resolver disputas en materia ambiental) (…) Las partes reconocen que esos procedimientos no deberían ser innecesariamente complicados ni poner cuotas o límites de tiempo irrazonables.” (capítulo 24, Artículo 6, fracción 3)

Con ello nuevamente se subordinan las normas y política ambientales de México a los intereses de las grandes compañías mineras canadienses y estadounidenses. Por otro lado, buscan desahogar con celeridad procesos derivados de conflictos que generen una inconveniencia para quien ha invertido financiamiento en territorio mexicano. Poco importa que la materia en disputa pueda ser la propia defensa del derecho fundamental a vivir, existir y tomar decisiones sobre el territorio propio.

Para las empresas mineras en el TMEC sólo reconocen la existencia de esquemas de simulación filantrópica a partir de “… adoptar e implementar mejores  prácticas  voluntarias de responsabilidad social corporativa que estén relacionadas con el medio ambiente” (Artículos 14.17 y 24.13.2) y “…el uso de  mecanismos  flexibles y voluntarios para proteger el medio ambiente y los recursos naturales…” (artículo 24.14.2.a). En ese mismo contexto, “Las partes también reconocen que esos mecanismos deberían ser diseñados de manera que maximicen sus beneficios ambientales y eviten la creación de barreras innecesarias al comercio.” (Artículo 24.14.2)

Un punto particularmente pernicioso es la Resolución de Controversias. En este punto, es importante tomar en cuenta que México no ha firmado solamente este Tratado de Libre Comercio con los EE.UU. y Canadá, sino también tiene vigente otros diez tratados de libre comercio y 29 acuerdos de inversión bilateral. Estos tratados dan recurso a que las empresas  pueden demandar por millones o miles de millones de dólares al gobierno de México en tribunales supranacionales, pero no al revés, en caso de que consideren afectadas sus inversiones, como pueden ser a partir de restricciones ambientales, las expropiaciones directas o indirectas, la anulación de concesiones, la imposición de aranceles a algunos minerales estipulados en la lista la eliminación de barreras no arancelarias, entre otros elementos.

En el caso de T-MEC, queda disponible este recurso para las empresas estadounidenses, mientras se lo quita para las empresas canadienses. Sin embargo, en el caso canadiense, las empresas mineras pueden recurrir al arbitraje bajo el paraguas del Acuerdo Integral y Progresivo para la Asociación Transpacífica (CPTPP) que entró en vigencia el 31 de diciembre de 2018.

México ha tenido en su contra 34 demandas de transnacionales en el marco de los Tratados de Libre Comercio – 21 demandas concluidas y las otras 13 pendientes – y ocupa el 6o. lugar mundial y el 3o. en América Latina por ser el más demandado. Estados Unidos y Canadá han sido los que más han demandado a México por violentar sus derechos como inversores. El 30 de agosto de 2000, el tribunal de arbitraje del TLCAN obligó a México a pagar a la empresa estadounidense Metalclad Corporation una compensación por $16, 685,000 USD por haber cerrado el confinamiento de residuos peligrosos de la empresa en el estado de San Luis Potosí ante los peligros para la salud pública.

Hasta la fecha, México ha sido ordenado de pagar una suma de por lo menos $242.94 millones de dólares estadounidenses en un total de 12 casos que favorecieron a las empresas. En septiembre de 2013, Lone Pine Resources demandó a Canadá por la decisión de la provincia de Quebec de prohibir el fracking en su territorio. Logró obtener una compensación por $250 millones de dólares. Actualmente, hay tres demandas pendientes por empresas mineras, inclusive una por $3,54 miles de millones de dólares que está siendo llevada por la empresa minera estadounidense Odyssey Mineral Exploration en contra de México por no haber otorgado una licencia ambiental para una mina de fosfato en el fondo del mar en el Golfo de Ulloa, en la costa de Baja  California Sur,  en donde este  proyecto tendrá un impacto   devastador sobre la biodiversidad,  la pesca y los pueblos que dependen de todo ello. Así que, la intención del gobierno de México de estatizar la producción de litio, se ve endeble porque, en las circunstancias actuales, podría ser un eje de demandas en los tribunales internacionales del TMEC.

Se puede mencionar también a la demanda presentada en Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) en enero del 2019 por Vulcan Materials Company [1], la principal empresa productora de materiales agregados para construcción en los EEUU, reclamando 500 millones de dolores al Estado Mexicano  por no autorizar la ampliación de su mina Calica en Playa del Carmen que ha devastado 1200 ha de selva en los últimos 30 años [2]

Cabe mencionar los estrechos lazos entre esta empresa y el gobierno de Donald Trump por el medio de Elaine Chaoc actual Secretaría de Transporte de los EEUU, que fue parte de la junta directiva de Vulcan Materials Company en 2016 y 2017. Después de su entrada en el gobierno Elaine Chao mantuvo  acciones de 300 mil dólares en la empresa lo que representa un claro conflicto de interés [3]

Por todo lo expuesto, desde la REMA denunciamos la continuidad, propiciada por el gobierno de la Cuarta Transformación, del modelo de despojo impuesto a partir de tratados de comercio e inversiones impuestos sobre los pueblos de los tres países del continente norteamericano.

¡En defensa del territorio y la vida exigimos un fin al modelo extractivo de despojo y muerte!

TERRITORIOS LIBRES DE MINERÍA

RED MEXICANA DE AFECTADAS/OS POR LA MINERÍA


[1]              https://icsid.worldbank.org/sp/Pages/cases/casedetail.aspx?CaseNo=ARB/19/1

[2]              https://ejatlas.org/conflict/devastacion-mina-calica-de-vulcan-materials-company-en-playa-del-carmen

[3]              https://eldespertadordequintanaroo.com.mx/calica-depredacion-a-la-sombra-de-trump/


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