24.DIC.23 | PostaPorteña 2384

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LA INTRIGA DE LOS DERECHOS HUMANOS

 

Señora

Presidenta de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo

Licenciada en Letras Jimena Fernández Bonelli

Presente

Álvaro Alfonso, ciudadano uruguayo, C.I 3.106.984-9, profesión periodista, escritor y locutor profesional se presenta ante usted y por ende ante la institución que preside para manifestar lo siguiente:

El Artículo 7 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay, establece: “Los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad. Nadie puede ser privado de estos derechos sino conforme a las leyes que se establecieren por razones de interés general”.

Estimo que sistemáticamente el Estado uruguayo a través de oficinas vinculadas al Poder Judicial y el Poder Ejecutivo están violando mi derecho constitucional –el derecho de cualquier ciudadano de nuestra Patria- al TRABAJO, por lo que narraré a continuación.

En el último libro de mi autoría “LA INTRIGA DE LOS DERECHOS HUMANOS” (Capítulo 3-páginas 144 a 206) hago mención a los archivos de la Dictadura en Uruguay (1973-85), y Post Dictadura, básicamente los llamados registros Berrutti y Castiglioni.

Lamentablemente, así lo graficamos: Es lo más parecido al cuento del escritor argentino Julio Cortazár Casa Tomada, publicado por primera vez en el año 1946.

Cortazar, comienza la narración en forma realista de un episodio de una casa de Chivilcoy (Argentina), pero, en el avance, introduce paulatinamente un ambiente de distorsión de las leyes naturales.

Los habitantes del inmueble, Irene y el narrador, son amenazados por un murmullo interno, y en vez de enfrentar la situación, optan por desplazarse y al final quedan fuera de la casa.

En mi caso he quedado fuera de la casa de la documentación de la historia reciente, pese a tener escritos 17 libros, uno de ellos publicado en el exterior (EL GOLPE DE TODOS-INFOBAE, REPÚBLICA ARGENTINA el pasado 27 de junio de 2023), teniendo 15 trabajos sobre la historia reciente y presente del Uruguay.

En un pedido de información que solicitamos al Ministerio de Relaciones Exteriores, (Informe nro. 181/09 del 17 de abril de 2009) el entonces asesor de Asuntos Jurídicos de la Cancillería, doctor Juan Antonio Remedi, en su dictamen con el fin de habilitar el acceso a la información expresa lo que sigue: “El ejercicio de la libertad de expresión del pensamiento, se trata de uno de los temas más preciados y trabajados de la doctrina y jurisprudencia universal, en tanto tiene como sustrato irradiante no solo uno de los derechos humanos naturales más trascedentes para el individuo en sí mismo, sino que, como expresara con categóricos argumentos la doctrina nacional e internacional, es la piedra angular de todo el sistema democrático republicano de gobierno, y resume en ella la igualdad entre los hombres, para usar y gozar de sus derechos de libertad, con transparencia y sin secretos oficiales”.

Empero, se me ha negado sistemáticamente el acceso al llamado Archivo Castiglioni y diferentes pedidos de información pública en oficinas estatales: Archivo del Fusna e Inteligencia de la Armada; Documentación del Departamento de Estado enviado al gobierno del presidente de Argentina, Carlos Saúl Menen, que contiene datos de ciudadanos uruguayos residentes en Buenos Aires en los años 70. Al no poder acceder en Uruguay, me trasladé al vecino país y obtuve parcialmente la información.

¿Si la información existía en Uruguay, era necesario que viajara a Argentina para obtener la misma?

Pedido de información pública al Ministerio del Interior en la actual administración de gobierno (2020-2025), solicitando un sumario administrativo de un funcionario policial, que estuvo en la primera línea de represión, que data de casi 40 años.

En este caso, me fue negada invocando una resolución interna del gobierno del presidente José Mujica (2010-2015).

El Banco de Previsión Social (BPS) también hizo caso omiso a un pedido de entregar el expediente que contenía los trámites jubilatorios del líder histórico del Partido Comunista en el Uruguay, Rodnety Arismendi.

AJPROJUMI, no proporcionó las actas de la Justicia Militar tomadas a los 9 rehenes (así calificados) de la Dictadura (1973-1985) del Movimiento de Liberación Nacional Tupamaros (MLN-T), y otros seis dirigentes de la organización.

Las actas solicitadas tienen más de 50 años.

Estos son algunos de los trámites negados.

En referencia al Archivo Castiglioni fue incautado por la Justicia uruguaya el 2 de octubre de 2015; una semana después –el 9 de octubre, decreto nro. 2653/2015, la jueza Larrieu de las Carreras resolvió que se procediera al procesamiento, clasificación y análisis de la documentación.

Designó a la oficina dependiente del Poder Judicial, AJPROJUMI y solicitó al entonces presidente de la República, Tabaré Vázquez, que dos historiadores de la Secretaria de Derechos Humanos para el Pasado Reciente para coordinar con AJPROJUMI, a disposición de la sede judicial. El archivo fue puesto en reserva durante un año en el ámbito del Poder Judicial.

Han pasado 7 años desde la incautación del archivo y ni siquiera se atendió las recomendaciones de los peritos (Álvaro Rico e Isabel Wschebor) que estamparon en sus informes la necesidad de abrir la documentación del citado `Archivo Castiglioni´ con determinadas prerrogativas.

Pese a que el Archivo Castiglioni está reservado por la Justicia, parecería que fuera solo para algunos –por ejemplo, entre ellos, mi caso-.

Los familiares de los desaparecidos recibieron 173 cajas con documentación, también accedió el gremio de la telefónica estatal Sutel, cintas magnetofónicas fueron derivadas a la Facultad de Ingeniería y paralelamente la Justicia le negó los registros a una comisión investigadora parlamentaria.

Podemos inferir que con los archivos a los cuales no puedo acceder, en los últimos 15 años se han escritos libros, enarbolando muchas veces, un relato que no es veraz y menos se condice con los hechos históricos reales.

Debo reflejar que tras una investigación pude acceder al índice del `Archivo Castiglioni´; podríamos certificar que contiene información que pueden develar los principales agujeros de la historia reciente y presente. O por lo menos, existen pistas para continuar hurgando.

Es más, en el libro LA INTRIGA DE LOS DERECHOS HUMANOS –la última publicación de mi autoría-, páginas 355 a 362, he presentado una pesquisa basada en una investigación administrativa ordenada por el entonces presidente de la República, Julio María Sanguinetti, el 8 de febrero del año 2000 (expediente nro, 2000.01.287-7), donde existen indicios muy fuertes, que la nuera de Juan Gelman, María Claudia García dio a luz a su hija Macarena en el Hospital Central de las Fuerzas Armadas.

La documentación publicada probaría su nacimiento y sería una de las tantas respuestas que le deben las Justicias de Argentina y Uruguay a Macarena Gelman (Se adjunta la información).

Señora Presidenta, deseo hacer hincapié, donde en mi criterio está la piedra angular para resolver esta situación, refiero a la oficina AJPROJUMI dependiente del Poder Judicial.

El 29 de junio de 2022, la jueza de Penal 23, Isaura Tórtora decretó: “Con el Ministerio Público, autorizase el acceso a los presentes obrados, con excepción de los documentos relativos a los casos sensibles y datos personales de conformidad con lo dictado en la ley 18331 de protección de datos personales y acción de habeas data de 11 de mayo de 2008.

Respecto del acceso del contenido del Archivo Castiglioni deberá el solicitando (refiere a mí persona) y cualquier otro interesado acudir a AJPROJUMI en los términos y condiciones establecidas en el Protocolo de Acceso de Abril de 2018 (fojas 399-400), aplicado por dicho Archivo Judicial en forma gradual, con excepción de aquellos documentos, grabaciones, etc, que por tratarse de datos sensibles y personales involucradas deberán resguardarse estrictamente manteniéndose en reserva los mismos conforme a lo establecido en la ley 18.331 de protección de datos personales y atento a lo sugerido en el informe de Isabel Wschebor relacionado precedentemente.

Otórguese un plazo de 6 meses a AJPROJUMI, al licenciado Rico y Wschebor a los efectos del reordenamiento y análisis del material restante, debiendo informar periódicamente a esta sede y elaborar el informe final respectivo en dicho plazo”.

La directora de AJPROJUMI, Elba Rama Molla, estimó que el trabajo para disponer el acceso llevaría entre 9 y 12 meses.

¡Ha pasado más de un año!

El 16 de junio de 2023, a las 10 horas y 48 minutos, la señora Rama Molla, ante un reclamo de nuestra parte, comunicó que “la situación referente a la documentación se mantiene en los mismos términos de reserva absoluta”.

Más allá de su respuesta, la señora Rama Molla, con todo respeto, pero con mucha firmeza, entendemos no ofrece garantías ocupando el cargo de directora de una oficina del Poder Judicial manejando información muy sensible, donde debe tener un concepto amplio en la posición a asumir.

La señora Rama Molla participó directamente en la fundación del Partido por la Victoria del Pueblo (PVP) en el año 1975 en Buenos Aires (Figura en la mesa con el número 145 con el alias de Lina- Documento página 333 del libro de mi autoría LA INTRIGA DE LOS DERECHOS HUMANOS-Editorial Planeta, octubre 2023).

El PVP se convirtió en un grupo al cual se calificó de ´terrorista` en el vecino país debido que operaba secuestrando ciudadanos con el fin de cobrar jugosos rescates, durante el gobierno democrático que ejerció el poder en Argentina entre 1973 hasta el 24 de marzo de 1976 cuando se perpetró el golpe de Estado militar, encabezado por el general Jorge Rafael Videla.

Destacamos el secuestro y privación de libertad durante un lapso prolongando del barraquero argentino-holandés Federico Hart, en la ocasión el PVP recibió 10 millones de dólares de la época por cometer un delito en territorio extranjero en un país donde imperaba el régimen constitucional.

Ya en Dictadura en el vecino país, en el mes de julio de 1976, Rama Molla, fue detenida en Argentina; la mayoría de los miembros del PVP venían circulado con documentos falsos desde la etapa democrática en la mencionada Nación.

Rama Molla, integro el grupo traído a Uruguay el 24 de julio de 1976, cuyo responsable fue el entonces mayor del Ejército, José Gavazzo..

El 23 de setiembre de 1988, Enrique Rodríguez Larreta (otro de los viajeros), tras demandar al Estado uruguayo, identificó a Rama Molla, junto a Sara Méndez, Asilú Maceiro, Ana Inés Quadros y Sergio López Burgos, como los más activos políticamente del PVP que trajeron en ese vuelo.

Gavazzo selló un acuerdo con los 24 ciudadanos uruguayos, estableciendo exactamente hasta la cantidad de años que estarían presos, entre ellos, la nombrada. La Justicia Militar avaló el mencionado pacto (páginas 328 a 342 del libro INTRIGA DE LOS DERECHOS HUMANOS).

Estuvo presa en el Penal de Punta Rieles desde el 23 de octubre de 1976 hasta el 4 de setiembre de 1981.

Sin embargo, pese a estar detenida poco más de 10 días en Argentina y varios años en Uruguay, Rama Molla cobro una indemnización en el vecino país, no solo por los días detenida en Automotores Orletti, también por su cautiverio en Uruguay. Otros miembros del PVP fueron resarcidos en la misma condición.

El escritor argentino José D` Ángelo presentó una denuncia penal en Buenos Aires por “estafa, defraudación administrativa fraudulenta, defraudación contra la administración pública, falsedad ideológica, uso de documento falso, falsedad de facturas conformadas y abuso de autoridad”.

La causa que involucra en Argentina a la señora Rama Molla, está en trámite.

Planteamos la siguiente hipótesis. Si algún distraído, se le ocurre solicitar a través de información pública, el expediente del acuerdo Gavazzo-PVP (también avalado por la Junta de Oficiales Generales de las FFAA de la época) de los expedientes de la Justicia Militar que se encuentra en AJPROJUMI vinculado con el episodio del llamado ´Chalet Susy`. ¿La señora Rama Molla accedería a su entrega?

¡No podemos soslayar que es parte y figura principal del expediente!

¿Será información sensible un pacto efectuado por uno de los militares que estuvo en la primera línea de represión con aquellos que operaban delictivamente en Buenos Aires durante un gobierno democrático?

Por estas razones, consideramos que la señora Rama Molla no ofrece las garantías para ocupar la dirección de AJPROJUMI.

Paralelamente debo informar a Usted, que el anterior Consejo de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, me negó una entrevista.

Pese a que hemos realizado trámites en el Poder Judicial para acceder el expediente hasta la Suprema Corte de Justicia se manifestó en forma negativa.

Sí, debo destacar la actitud asumida desde siempre por el Ministerio de Relaciones Exteriores a través de sus funcionarios para la entrega de información pública, y en la actual administración de gobierno, por el Ministerio de Defensa Nacional.

Finalmente, comunicamos a la Señora Presidenta; He sido tentado en el extranjero con el fin de escribir dos libros, sobre episodios ocurridos en Uruguay, que tuvieron repercusión mundial; uno en Dictadura y el restante durante el régimen institucional.

Ahora, la oferta ya es concreta. Sin embargo, momentáneamente no puedo aceptar debido a que la información que complementa las historias que poseo se encuentra contenida en el Archivo Castiglioni y no puedo tener acceso.

De acuerdo al índice que pude localizar hay carpetas concretas que son necesarias para continuar con mi trabajo.

Además, con otros dos colegas tenemos parado un documental, que contendrá varios capítulos sobre la historia reciente y presente por la misma situación.

Por eso reitero, entiendo que se está violando, mi derecho constitucional de poder trabajar.

Lo que antecede se trata de un escrito periodístico, de un ciudadano como todos que siempre destaca el artículo 8 de la Constitución de la República del Uruguay: “Todas las personas son iguales ante la ley no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes”.

Señora Presidenta, no presento esta nota ante Usted, para en el futuro buscar ningún resarcimiento del Estado, no me interesa el dinero, nunca lo haría, sí estoy bregando por los papeles, el tesoro es la documentación para desandar y tapar los cráteres de la historia reciente y presente que tiene el Uruguay.

Saluda a Usted atentamente.

 Alvaro Alfonso

Montevideo, 11 de diciembre de 2023

 

¿Eres antisemita?

 

La definición más certera de antisemitismo nos las brindaría en 2020 la llamada Declaración de Jerusalén, que designa así a la 'discriminación, prejuicio, hostilidad o violencia ejercida contra los judíos en cuanto judíos'

Juan  Manuel de Prada  ABC 23/12/23

Hace dos meses y pico, coincidiendo con el comienzo de las represalias israelíes al ataque asesino de Hamás, se me ocurrió escribir un artículo sobre el asunto, titulado ‘Palestina’. Tal vez fuese el artículo más neutro e impersonal que jamás haya publicado en mis casi treinta años de colaboración ininterrumpida en ABC, por ceñirme a la exposición de hechos históricos y al testimonio de primera mano de cristianos palestinos que merecen toda mi confianza; luego también señalaría que los bombardeos decretados por Netanyahu sobre Gaza me parecían desproporcionados. Sorprendentemente, aquel artículo causó un revuelo horrísono; y en medio del mismo afloraron enseguida los improperios desgañitados y corales, entre los que enseguida destacó la madre de todos los sambenitos, el estigma más abyecto de cuantos hoy se puedan lanzar livianamente contra una persona, para arruinar su prestigio: «Antisemita».

Confieso que esta imputación me resultó, amén de desquiciada, grotesca. Tan grotesca como si mañana me tildasen de «racista» por criticar los excesos de un gobernante de raza negra. Pero, como la imputación adquiría densidad de mugre y diversos loritos y carcamales sistémicos la proferían contra mí desde sus púlpitos o pocilgas, me interesé por aquilatar su significado. «Antisemita», según reza el diccionario, es aquella persona que «muestra hostilidad o prejuicios hacia los judíos, su cultura o su influencia»; una definición acaso un tanto abusiva, pues aparte de los judíos existen otros pueblos semitas (empezando por el propio pueblo palestino). Pero, aceptando una sinécdoque tan acaparadora… ¿De veras pueden calificarse de «hostiles o prejuiciosos hacia los judíos» a quienes consideran desorbitadas las decisiones políticas o militares de tal o cual gobernante israelí, o las infracciones del derecho internacional perpetradas por el Estado de Israel?

En realidad, la definición más certera de antisemitismo nos la brindaría en 2020 la llamada Declaración de Jerusalén, que designa así a la «discriminación, prejuicio, hostilidad o violencia ejercida contra los judíos en cuanto judíos»; es decir, por el mero hecho de serlo, por aversión prejuiciosa o visceral. Naturalmente, nada tiene que ver con ello la crítica legítima a decisiones de gobernantes israelíes o actuaciones del Estado de Israel, tampoco una actitud contraria frente al sionismo; actitud que, por cierto, sostienen incontables judíos en todo el mundo. Calificar de «antisemitas» a quienes se atreven a formular tales críticas legítimas constituye una paradójica banalización del mal; pues se está empleando el mismo epíteto que asignamos a quienes cometieron uno de los crímenes más aberrantes y multitudinarios de la Historia, consumado durante la Segunda Guerra Mundial.

Y, a la vez que una banalización del mal, con este calificativo indiscriminado de «antisemita» se pretende de forma delirante e inasumible intelectualmente que aquel crimen aberrante y multitudinario actúe a modo de «tenaza moral» sobre las conciencias, de tal modo que nadie ose formular una crítica legítima contra el Estado de Israel o sobre sus gobernantes, so pena de ser considerado simpatizante de aquella matanza, que legitimaría a los judíos –investidos de un derecho exclusivo de victimización– a actuar siempre como si la aniquilación fuera inminente. Contra esta forma de pensamiento mágico se alzó también Hannah Arendt, discrepando del alegato de la fiscalía contra Eichmann, donde se pretendía que los judíos eran una suerte de «víctima metafísica» que en cada generación debía exterminar a Amalek. Pero ya señalábamos más arriba que hoy Hannah Arendt sería señalada como una tremenda antisemita; para no serlo, debería aplaudir entusiásticamente que miles de niños palestinos mueran aplastados entre los escombros.

 

En defensa del derecho a la filosofía

 

Con oportunidad del Coloquio "La filosofía ante las memorias del olvido en las sociedades latinoamericanas. Internacionalización de la cuestión democrática 50 años después: Chile/Uruguay", participaron en la sesión que tuvo lugar en Montevideo  Patrick Vauday y Patrice Vermeren, colegas que en 1979 participaron del ya legendario evento Etats Généraux de la Philosophie. La analogía entre la reforma tecnocrática que impulsara el gobierno francés a fines de los años 70' y la denominada "Transformación Educativa" que se intenta actualmente implantar en el Uruguay , así como entre el amplio movimiento de resistencia que esas estrategias conocieron en Francia y al presente en el Uruguay (coordinadorafilosofiauy), llevó a un encuentro de los colegas Vauday y Vermeren con Alma Bolón, Fernando García, Mauricio Langon y Ricardo Viscardi. La reunión tuvo lugar en Casa de Filosofía, colectivo residente en Francia y en Uruguay, que desde 2013 ha recibido no sólo a colegas de Paris8-St.Denis, sino también de otros países de América y Europa (ver Lo Destituyente). Estos encuentros tienen lugar en momentos en que acaba de celebrarse los 40 años de la creación del Colegio Internacional de Filosofía, surgido de aquellos Etats Généraux de la Philosophie de 1979 y con significativa proyección actual desde América Latina.

Se accede al registro de la reunión en:

 https://youtu.be/iKXQDkMj3xc?si=E0VATXTOItZnjgMM

Ricardo Viscardi


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