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Programa El Cernidor Lunes 5.12.2024

 

Lunes y Jueves 19.30 hs. https://www.youtube.com/@elpulsometrotv

Horacio Lampariello, Héctor Amodio Pérez y Álvaro Alfonso

El MLN Tupamaros era una organización militar. La violación de los Derechos Humanos los abarcan o solo a la población civil.

https://www.youtube.com/live/7m7ibmnmDKk?si=DltShCnUbOxj6qX6

Cernidor 162: Correspondiente al día 5 de diciembre de 2024. Palabra de apertura a cargo de Amodio

El lunes pasado, en el programa En perspectiva, Emiliano Cotelo se refirió al procesamiento del Cnel. Agosto.

Como no podía ser de otra forma, leyó lo publicado por La Diaria el día 20 de noviembre, que dice así:

La jueza en lo penal de 23° turno, Isaura Tórtora, procesó con prisión al coronel retirado Luis Agosto en la causa que investiga violaciones a los derechos humanos contra militantes del Movimiento de Liberación Nacional, detenidos entre 1972 y 1973 y torturados en el Grupo de Artillería 1, conocido como el Cuartel La Paloma, y víctimas de la Operación Morgan, realizada entre octubre de 1975 y junio de 1976, que tuvo la finalidad de destruir la estructura del Partido Comunista y la Unión de la Juventud Comunista.

Nosotros tenemos que recordarles que Agosto pudo demostrar que cuando la operación Morgan no revistaba en Artillería 1, por lo que esa acusación era falsa.

Pero la noticia en La Diaria dice también que Si bien ante la sede Agosto no admitió la tortura, la sede consideró declaraciones públicas del militar en las que sí lo admitió, como la realizada ante el periodista Alfonso Lessa en el programa A 50 años del golpe de Estado. La influencia del MLN en los cuarteles. También fueron consideradas declaraciones de Agosto en el libro Milicos y tupas, de Leonardo Haberkorn, en el que Agosto reconoció la aplicación de la tortura conocida como submarino.

Hay que decir que ni Agosto, ni Lessa ni Haberkorn fueron interrogados sobre esas declaraciones, que hasta el día del procesamiento no se habían considerado motivos de delito.

Sigue La Diaria: En la sentencia, la jueza Tórtora define el procesamiento con prisión de Agosto por los delitos de abuso de autoridad contra detenidos, lesiones graves y privación de libertad, en calidad de coautor.

Yo agrego que Ricardo Perciballe, el primo del preso número 1595 en el Penal de Libertad, Diego Maidana Perciballe, dice que “Luis Agosto, en su condición de Oficial del Ejército y responsable del S2 y del S3 del Grupo de Artillería N° 1, en reiteradas ocasiones sometió u ordenó someter a los detenidos a diversos apremios físicos y tratos crueles, inhumanos o degradantes no permitidos por la Constitución, las leyes o los reglamentos. Asimismo, en un número importante de dichos tormentos (golpizas, plantones, caballete, picana eléctrica y colgamientos) se excedió ostensiblemente el abuso de autoridad contra los detenidos para lesionar y/o poner en riesgo la propia vida de las víctimas”.

Hay que decir que Agosto nunca fue interrogado acerca de las supuestas acusaciones de miembros del MLN, que sí fueron dirigidas contra Ramas, Silveira y Gavazzo, según consta en el juzgado 22, ficha 228/2021, con fecha 16/4/2021

Señala el fallo de Tórtora que “Por órdenes impartidas por el encausado en su calidad de Oficial del Ejército a cargo del S2 y S3 de la unidad militar relacionada, las víctimas fueron detenidas ilegalmente, encapuchadas, incomunicadas, sometidas a tratos crueles e inhumanos –golpizas, falta de alimento, agua, sueño, limitación del acceso al baño, “submarino”– a los efectos de que brindaran información respecto a su pertenencia a un grupo político determinado (MLN-T), poniendo en riesgo su vida conforme surge del informe elaborado por los galenos de la Cátedra de Medicina Legal de la Universidad de la República”.

Entre las víctimas se encuentra Nelson Burgos, de 26 años, Roberto Costa Roquero, de 23 años, Gabriel Carbajal, de 22 años, Cyro Fernando Giambruno Maroño, de 25 años, Irma Leites, de 20 años, y Carlos Liscano Fleitas, de 23 años.

Miembros del MLN detenidos ilegalmente? No conozco la integración de Burgos, Costa, Carbajal y Giambruno. Pero es conocida la militancia de Irma Leites, y Carlos Liscano reconoció su participación en el asesinato de los 4 soldados frente a la casa del Gral. Gravina. Por otra parte, Irma Leites señaló a Agosto como uno de los que integraban la unidad militar, pero no dice que torturara.

En mi opinión, de acuerdo a los convenios internacionales, los crímenes de lesa humanidad se distinguen de los delitos comunes u ordinarios no sólo por su misma naturaleza y magnitud, pues constituyen “los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto”, sino porque son actos u omisiones practicados de manera generalizada o sistemática contra una población civil. En este sentido hay acuerdo en señalar que dichos actos deben estar dirigidos contra una parte o porción de la población civil de un país o región, sin que sea necesario que los crímenes estén enderezados contra toda la población civil en su conjunto.

Ahora bien, no era el MLN una organización armada, que en su Documento 1, del año 1967, en sus conclusiones generales dice:

1) En nuestro país hay condiciones objetivas para la acción revolucionaria.

2) En nuestro país no hay condiciones subjetivas (conciencia, organización, dirección).

3) Las condiciones subjetivas se crean luchando.

4) Descartamos la posibilidad de tránsito pacífico hacia el poder en nuestro país.

5) La única vía para la revolución socialista será la lucha armada. No hay casi posibilidades de radicalización de la lucha de clases que no desemboque en la violencia. Las verdaderas soluciones para nuestro país implican un enfrentamiento directo y violento con la oligarquía y sus órganos de represión. La lucha armada no sólo es posible en el Uruguay, sino imprescindible: única forma de hacer la revolución.

6) La lucha armada será la principal forma de lucha de nuestro pueblo, y a ella deberán supeditarse las demás.

7) La lucha armada no será solamente instrumento para el asalto al poder burgués, sino que, como el resto de América Latina, será el mejor instrumento para crear condiciones revolucionarias.

8) El hecho de la existencia de un gobierno surgido de elección popular es un inconveniente para justificar a escala de las grandes masas la necesidad de la lucha armada, pero ni esta situación es permanente porque el Uruguay ha estado varias veces en los últimos años al borde del Golpe de Estado Militar, ni siempre un gobierno electo goza de autoridad. Para nosotros es más bien un problema de prestigio del gobierno, independientemente de sus formas. Lo fundamental es crear conciencia en la población a través de la lucha armada y otras formas de lucha, crear conciencia de que sin revolución no habrá cambio.

9) Es necesario crear una organización político-militar revolucionaria. Ella se construirá en la lucha.

10) La actual situación es sólo un intervalo del enfrentamiento definitivo. La nueva Constitución y el nuevo Gobierno no significa  ningún cambio de fondo. La actual legalidad se irá agotando a medida que la represión se vaya efectuando sobre los sectores golpeados por la crisis.

11) En Uruguay también -al decir de Debray- "el acento principal debe ponerse en el desarrollo de la guerra de guerrillas y no en el fortalecimiento de los Partidos existentes o en la creación de nuevos partidos. El trabajo insurreccional es hoy, el trabajo político número uno".

12) En el Uruguay lo decisivo para el futuro es la apertura de focos militares y no políticos. Se va de un foco militar al movimiento político.

13) Entendemos que es necesario para las organizaciones revolucionarias rebasar el marco de los manifiestos, de las declaraciones, de los enunciados teóricos referentes a la revolución, etc. comprendiendo que son fundamentales las acciones revolucionarias, las que precipitan las condiciones revolucionarias.

14) La tarea fundamental de hoy es la construcción de un aparato armado.

15) El pueblo realmente desconforme con las injusticias del régimen y que desea un cambio, optará mucho más fácilmente por el camino directo que encarna la organización armada y por su acción revolucionaria que, por el improbable y remoto camino que se ofrece por medio de proclamas, manifiestos o acción parlamentaria.

16) Es necesario fortificar  los sindicatos, radicalizar sus luchas y conectarlas con el movimiento revolucionario.

17) La lucha armada será, en el Uruguay, predominantemente urbana. La lucha en el medio rural cumplirá tareas auxiliares. Por lo tanto es necesario crear las bases para desarrollar la guerra en los dos terrenos.

18) Podríamos definir la línea militar de nuestra lucha como una estrategia de guerra prolongada, de lucha predominantemente urbana, en la que la guerrilla rural jugará un papel auxiliar. Guerra prolongada será, porque no existen condiciones, hoy, para la insurrección victoriosa, porque el Estado no ha sido deteriorado por ninguna derrota militar y porque el movimiento de masas no está preparado militarmente para el asalto al poder. Debemos pues empezar una lucha que será prolongada, y no esperar prolongadamente una guerra que será corta.

19) Es imposible prever si una coyuntura revolucionaria se puede dar en la cresta de un conflicto sindical, de una protesta popular, por un golpe de estado reaccionario, por una intervención extranjera, por una guerra mundial, por invasión a Cuba, por iniciativa de un grupo armado, etc. Entendemos por coyuntura revolucionaria el "momento" en el cual se pasa a formas superiores lucha, en el cual se rompe el equilibrio dictadura- oligarquía-presión popular, del que nos habla Guevara cuando dice: “este momento es importante. En los procesos sociales la diferencia entre la violencia y la no violencia no puede medirse por la cantidad de tiros intercambiados; responde a situaciones concretas y fluctuantes. Y hay que saber el instante en que las fuerzas populares, conscientes de su debilidad relativa pero, al mismo tiempo, de su fuerza estratégica, deben obligar al enemigo a que dé los pasos necesarios para que la situación no retroceda. Hay que violentar el equilibrio dictadura-oligarquía-presión popular. La dictadura trata constantemente de ejercerse sin el uso aparatoso de la fuerza; obligarla a presentarse sin disfraz, es decir, en su aspecto verdadero de dictadura violenta de las clases reaccionaras contribuirá a su desenmascaramiento lo que profundizará la lucha hasta los extremos de los cuales ya no se pueda regresar. De cómo cumplen su función las fuerzas del pueblo abocadas a la tarea de obligar a definiciones a las dictaduras, retroceder o desencadenar la lucha, depende del comienzo firme de una acción armada de largo alcance". Texto que lleva la firma del Ché Guevara.

Yo pregunto:¿ quiénes aceptamos este documento e integramos el MLN, éramos solamente civiles o éramos civiles armados en pie de guerra contra las instituciones?  ¿El Parlamento legalmente establecido no declaró el estado de guerra interno el 15 de abril de 1972 ante los hechos producidos el día 14?

Si éramos civiles armados y estábamos en estado de guerra interno y eran las FF.AA. las encargadas por la Constitución de la defensa de las instituciones, ¿cómo puede decirse que estábamos amparados por los convenios internacionales que todavía el Uruguay no había firmado si la única diferencia era el uso de uniforme o su inexistencia?

Son preguntas que buscan respuesta.


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