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Uruguay - Masivo Proxenetismo Político

Por Alfredo Bruno

 

Disfrazado con ropajes partidarios, el viejo y despreciable «cafiolo» saltó de las páginas del Código Penal para ir a pelearse con la Constitución, de la mano de la empresa MPP, «Masivo Proxenetismo Político – Sociedad en Comandita»

 
Alfredo Bruno  - Contraviento 23 abril, 2025

Pocas formas de la delincuencia resultan tan despreciables como el proxenetismo, definido éste como obtener beneficios económicos de la prostitución de otra persona. En la Divina Comedia Dante los ubica en el Malebolge, el Octavo Círculo del Infierno, donde están condenados a marchar eternamente en direcciones opuestas, mientras demonios con látigos los golpean.

Nuestro Código Penal no llega a esos extremos, pero también ha tipificado la conducta desde su primera edición, con los Artículos 297 y 298 del Código de 1899 y la Ley 5.520, de 1916 iba aún más allá, prohibiendo el ingreso al país de individuos que se ocupen del tráfico de mujeres, así como a los encargados de prostíbulos y casas de citas.

Sucede que hasta en el escalafón del bajo mundo esta práctica ha ocupado siempre los últimos lugares, más allá del poder económico que pueda concentrar, al punto de que sus múltiples sinónimos, rufián, chulo, cafisho, fiolo, cafiolo, alcahuete, macró, son inequívocamente insultantes en cualquier ámbito o aspecto.

Hijo dilecto del esclavismo, no encierra riesgos personales para quien lo practica, por lo que ni siquiera se requiere valor para ello. Así, es lógico que hasta en los círculos marginales sea objeto de desprecio.

Sus Colegas Cercanos, los Explotadores

Un poco más arriba, no mucho, en esa escala de consideración general se encuentran los explotadores, sobre los que se basa Marx para su archimanida Ley de la Plusvalía, según la cual los capitalistas pagan a los trabajadores un salario que es menor al valor que ellos mismos agregan al producto. Esto se debe a que los trabajadores solo reciben un salario que les permite reproducir su fuerza laboral, mientras que el valor adicional generado por su trabajo es apropiado por los capitalistas.

Es decir, un eventual trabajador produce para la empresa por un valor de $ 300.000 mensuales, pero el empleador solo le retribuye por un tercio de esa suma, e incorpora a su peculio mes a mes los $ 200.000 restantes, con lo que aumenta su propio capital, por el mero hecho de haberle proporcionado los medios para ejercer su actividad.

¿Suena conocido, no es cierto?

El Sincericidio

Los recientes hechos suscitados en torno a la renunciada Ministra de Vivienda Cecilia Cairo pusieron sobre el tapete con explícito impudor una situación conocida, pero que no había sido “blanqueada” tan públicamente.

Existen Ministros, Legisladores, y una multitud de cargos a nivel ejecutivo y parlamentario que, si bien reciben mes a mes las correspondientes dietas del Estado, desde el punto de vista de la dependencia económica no son, en rigor, dependientes del Estado, sino de una organización privada que, al mejor estilo de la Tríada o las mafias rusas, se apodera de sus ingresos y decide por sí y ante sí cuanto deben ganar esos funcionarios.

Así, se ha manejado en estos días hasta con orgullo por sus protagonistas que “esto no es por plata”, que “ganamos lo mismo que un capataz de albañil”, y que “los salarios de los Ministros están topeados”.

Gracias a esto, usado como justificación para el incumplimiento de obligaciones impositivas y financieras, pudimos saber con fuerza de cosa probada que, al menos en el caso de los legisladores y jerarcas electos o designados por el Movimiento de Participación Popular (MPP), no son éstos en realidad quienes cobran las remuneraciones que la Ley les asigna, sino que las mismas se transfieren directamente a cuentas del MPP, desde las cuales luego se les vuelca una cifra no determinada, en el entorno de un tercio de su salario real.

Ello surgió claramente y no fue rebatido, al conocerse que la renunciante Ministra Cecilia Cairo ni siquiera tendría cuenta bancaria, lo que además de no llevarse demasiado bien con la Inclusión Financiera tan predicada por su Partido haría imposible la transferencia de parte de su empleador, el Poder Legislativo.

Por su parte, si bien no se ha hecho público de similar forma, es sabido que no es el único sector del Frente Amplio que aplica estas prácticas, si bien no se conocen los montos con exactitud.

Ahora bien, ¿Cuál es el problema en torno a esto?

«Acuerdo entre privados»

No faltará quien señale que la situación de marras es un “acuerdo entre privados” y que por ende se halla más allá del escrutinio de la Ley. Podría parecerlo en una mirada superficial, porque de hecho lo es.

Una empresa particular, «Masivo Proxenetismo Político – Sociedad en Comandita», (en adelante MPP S. en C”), acuerda asignar X cantidad de plazas como trabajadores y les pagará a sus empleados una tercera parte del total que generen. Hasta aquí no sería más que un exitoso capítulo más de la apasionante historia del Capitalismo.

No obstante, el punto delicado se halla en que esos empleos son en realidad un Sub Contrato, por el cual los trabajadores pasan a tener en el mismo acto una doble condición simultánea, la de funcionarios públicos y empleados privados, con una dependencia determinada por la Ley y otra por la realidad, las cuales no siempre necesariamente habrán de ser coincidentes.

Una situación similar a la que viven miles de trabajadores, por ejemplo, de las empresas de seguridad y limpieza contratadas por el Estado, con la diferencia nada menor de que en este caso revisten la calidad de funcionarios públicos, de especial significación y, como sus colegas igualmente tercerizados, no pueden dividir lealtades ni dependencia funcional.

Así, la Constitución de la República en su Artículo 117 establece con claridad que “Los Senadores y Representantes serán compensados por sus servicios con una asignación mensual que percibirán durante el término de sus mandatos, sin perjuicio de los descuentos que correspondieren, de acuerdo con el reglamento de la respectiva Cámara, en caso de inasistencias injustificadas a las sesiones de la Cámara que integran o de las comisiones informantes de que forman parte. Tales descuentos, en todo caso, se fijarán proporcionalmente a la asignación. La asignación será fijada por dos tercios de votos del total de componentes de la Asamblea General, en reunión de ambas Cámaras, en el último período de cada Legislatura, para los miembros de la siguiente. Dicha compensación les será satisfecha con absoluta independencia del Poder Ejecutivo y fuera de ella los Legisladores no podrán recibir beneficios económicos de ninguna naturaleza que deriven del ejercicio de su cargo.”

Asimismo, la Carta Magna es pródiga en establecer limitaciones en torno a las actividades que podrían efectuar los Legisladores como “segunda tarea”, prohibiendo en su totalidad cualquier otro tipo de relación con el Estado, a excepción de la actuación docente, la que aun así debería ser honoraria (Arts. 91 y 100)

Sucede que se ha procurado por todas las formas posibles el asegurar la independencia de criterio del Legislador, brindándole las mayores garantías de libertad para realizar su tarea sin presiones de ningún tipo, al punto de dotarlo de Fueros que le aseguran inmunidad por sus dichos, así como prerrogativas especiales en el trato penal.

No parece lógico, entonces, que a un Legislador al que se le ha dotado de ese “estado especial” para asegurarle su libertad de espíritu deba en cambio sentirse limitado por preocupaciones económicas menores, fruto de hallarse prisionero de un régimen explotador, solo posible por áreas oscuras de la Ley.

¿Qué libertad puede tener un Legislador para votar un régimen especial para deudores, cuando él mismo lo es, a raíz de tener secuestrado el 66 % de sus ingresos? Finalmente, ¿qué libertad podría tener un Legislador para votar según su consciencia, si ésta lo mandatara a ir contra la voluntad de su empleador REAL, el que le da los garbanzos, que claramente no es el Estado?

Allí radica la raíz del problema. No se discute, claro está. que el funcionario tiene el derecho inalienable de hacer lo que quiera con su dotación, donarla como Mujica o Sartori, tirarla en el Casino, invertirla en sexo, droga y rock and roll o prenderle fuego en acto público, que es más o menos lo que hacen hoy los empleados de «MPP – S en C».

Puede hacer lo que quiera, una vez que la tiene en su poder y se consagra el vínculo funcional de todo trabajador, a saber labor-paga. Recién allí podrá considerarse como “donante” a su Partido, sector o agrupación y no solo será un expolio, como ahora, que dinamita las bases de la representatividad.

Asimismo, este tema plantea una interrogante, ya que es imposible resistirse a hacer números, y calcular la recaudación mensual de esta tan particular empresa “MPP S. en C.”, multiplicando la retención salarial de cada cargo por la cantidad de éstos, tanto a nivel legislativo como en las diferentes esferas ejecutivas, nacional y departamentales.

Nunca hemos sido buenos para los números, tampoco nos gustó nunca contar ganancias ajenas. No obstante, no deja de sorprender la cuantía de esos ingresos, que muchas empresas nacionales ya quisieran para sí, sobre todo por hallarse totalmente libre de impuestos y cargas fiscales.

En efecto, recordemos que según la Ley 18.485 de Partidos Políticos, estos y naturalmente sus sectores, “son asociaciones de personas sin fines de lucro, que se organizan a los efectos del ejercicio colectivo de la actividad política en todas sus manifestaciones. Ningún partido político podrá ser patrimonio de persona, familia o grupo económico alguno”

En ese marco, entonces, se mueve «Masivo Proxenetismo Político – Sociedad en Comandita», una empresa sin grandes gastos, en tanto según la Rendición de Cuentas presentada ante la Corte Electoral sobre la segunda vuelta, en noviembre de 2024, toda la fórmula presidencial del Frente Amplio, conformada por Yamandú Orsi y Carolina Cosse, declaró ingresos totales por $ 165.218.627,03 (unos US$ 3.933.776,8) y egresos totales por $ 109.165.193,36 (unos US$ 2.599.171,2), lo que les dejó un saldo positivo en esa instancia de $ 56.053.433,67 (aproximadamente US$ 1.334.605,6).

Reductio ad Absurdum

Probemos nuestro razonamiento por la vía del absurdo, cual si se tratara de una fórmula matemática, donde negar la proposición original nos hace caer en una contradicción, de lo que se concluye que la ponencia original es la verdadera. 

Así, consideremos por un instante que es normal en el mundo que los Ministros y Legisladores reciban compensaciones de parte de organizaciones privadas, con o sin fines de lucro, y creen así lazos tácitos de dependencia económica con las mismas. Imaginemos entonces un mundo donde el Presidente del Banco Central sea asalariado de un think-tank de la Asociación de Bancos, el Ministro de Salud Pública incluya en cada entrevista un PNT de «si es Bayer es bueno», y veamos en cada sesión de las Cámaras a los Legisladores luciendo en sus atuendos a sus respectivos sponsors, en tanto la Asamblea General se reúne para considerar la oferta de Tenfield de 100 kilos de café por la transmisión de las sesiones de los Consejos de Ministros por los siguientes 25 años.

La gran incógnita estaría dada en sí sería mejor vender los derechos totales, por cada Legislatura, o por el contrario ir vendiendo voto a voto, de acuerdo a los temas que se planteen en cada instancia. En rigor, no tengo clara la respuesta. Habrá que preguntarle a Fernando Pereira, quien ha demostrado ser capaz de justificar cualquier cosa, si en ello están en juego sus intereses

¡Masivo, Bro!


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