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El Juicio Plan Cóndor IV :

Por LAURIANE BOUVIET

 

El Juicio Plan Cóndor de Roma: límites del abordaje penal de la coordinación represiva transnacional en los intentos de justicia en el extranjero

LAURIANE BOUVIET

Palimpsesto, revista científica Universidad de Santiago de Chile, 2017(cuarta entrega)

EL FALLO DEL 17/01: ¿MEDIA VICTORIA O MEDIA DERROTA?

 

Abiertas el 12 de febrero de 2015, las audiencias de debate siguieron hasta octubre de 2016, siendo dedicadas las audiencias del 13 de octubre al 20 de diciembre a las conclusiones del Ministerio Público, de los 19 abogados de partes civiles y de los 6 abogados de la defensa. La fiscal Tiziana Cugini, quien dirigió la mayor parte de los interrogatorios en el juicio, presentó así sus acusaciones finales y, cuando 6 de los imputados habían fallecido durante el juicio, solicitó una absolución y la condena a cadena perpetua para 27 imputados /37

 El 17 de enero 2017 fue pronunciado después de largas horas de espera, la sentencia de primera instancia siguiente: 8 condenas a cadena perpetua y 19 absoluciones. Los chilenos Ramírez Ramírez (Jefe de Provincia de Cautín), Valderrama (Oficial de Regimiento Tacna), el uruguayo Blanco (ministro de Relaciones Exteriores entre 1972 y 1976 y embajador ante la ONU hasta 1985), los bolivianos García Meza (Comandante en jefe de las Fuerzas Armadas y Presidente de facto entre 1980-81) y Arce Gómez (ministro de Interior y Jefe de Inteligencia del Estado Mayor hasta 1981), los peruanos Richter Prada (Comandante en jefe del Ejército, ministro de Guerra y Primer ministro entre 1979 y 1980) y Ruiz Figueroa (General del Ejército, Jefe de servicios de inteligencias) fueron condenados a cadena perpetua, siendo todos ellos juzgados en ausencia

En cambio, 12 uruguayos, 5 chilenos y 1 peruano para quienes la Fiscalía había pedido condena fueron absueltos /38

Más allá de algunas partes civiles que obtuvieron, por primera vez, algo de justicia ?por ejemplo, el caso de Daniel Banfi, que hasta entonces no había sido juzgado en ningún lugar? este fallo lleva a la incomprensión y a la decepción de buena parte de los actores del proceso. Esta decepción se explica a la luz de dos elementos: por un lado el carácter sorprendente de algunas atribuciones de casos específicos y, por otro, más allá de las absoluciones en sí mismas, los motivos que pueden haber llevado a ellas.

ANÁLISIS DE CASOS ESPECÍFICOS QUE HAN DADO LUGAR A CONDENAS

Antes de examinar los motivos potenciales de un fallo que resuelve absolver a la mayoría de los imputados por considerar que “no han cometido los hechos”, hace falta ir al detalle de las condenas. Sin volver sobre los tipos penales convocados para ello, hay que precisar que en los casos de desaparición forzada juzgados, no se emplea esta calificación penal sino que se divide la desaparición entre el acto de secuestro, considerado prescrito, y el acto de homicidio, único cargo aceptado/39

Respecto de la condena eventual de los autores materiales de los crímenes y de los cómplices necesarios a la perpetración de los homicidios ?es decir, los autores del secuestro así como los que han entregado a la víctima a sus futuros asesinos?, el fallo deja aparecer situaciones ambiguas. Más allá del hecho de que los militares aparentemente considerados como meros ejecutores hayan sido absueltos, algunos de los autores “intelectuales” o “mediatos” de estos hechos han sido condenados, de manera que parece haberse considerado la teoría de la coparticipación criminal.

Sin embargo, cuando miramos el detalle de los casos específicos que dieron lugar a condenas, el fallo parece comportar elementos que no dejan de sorprender a los expertos que han declarado ante el tribunal italiano. Por una parte, los bolivianos García Meza, Arce Gómez así como los peruanos Morales Bermúdez, Richter Prada y Ruiz Figueroa han sido declarados culpables de los homicidios de Horacio Campiglia /40 y Lorenzo Viñas /41 Por otra parte, el ex ministro Blanco ha sido condenado ?además de los homicidios de uruguayos detenidos en Argentina trasladados clandestinamente a Uruguay y desaparecidos? también lo fue por la desaparición de Luis Stamponi y de su madre, Mafalda Corinaldesi /42

 Si solo pensamos en términos de responsabilidad directa, la atribución a los peruanos y bolivianos de desapariciones de ciudadanos argentinos ocurridas en la frontera entre Brasil y Argentina o en Brasil, e incluso la atribución de las desapariciones de 2 argentinos desaparecidos en Argentina a Blanco parecen dudosas, tomando en consideración el funcionamiento del Plan Cóndor, tal como éste ha sido descrito precisamente al tribunal durante los dos años de audiencias

En efecto, como lo han explicado los múltiples testigos y expertos, el Plan Cóndor se apoyaba en el protocolo siguiente: si la colaboración efectiva de los servicios de inteligencia y represión funcionaba por el montaje de operaciones en otros territorios y operaciones conjuntas, la directiva del Plan Cóndor según la cual “cada uno se hacía cargo de su propia basura” implicaba que un ciudadano de determinado país sea torturado y ejecutado por los servicios de su país nativo. En esta base se realizaban los traslados clandestinos de presos de los países miembros de la Operación Cóndor /43

Desde esta perspectiva, parece extraño que militares bolivianos y peruanos hubieran intervenido en secuestros ocurridos entre Argentina y Brasil o que el ministro uruguayo haya intervenido específicamente en el caso de ciudadanos argentinos capturados en Bolivia o en Argentina /44

El único elemento que podría explicar estas atribuciones sería la decisión de condenar a los imputados por su papel general en la creación e implementación de la estructura represiva transnacional, y por ello, su participación moral y material, sin considerar la imputación y condena de los responsables directos de estos crímenes.

Más allá de estos casos específicos, y recordando que ninguna afirmación puede hacerse ni en éstos ni en el fallo en general antes de examinar detalladamente los fundamentos no publicados en el momento en el que escribimos, conviene analizar el fallo a la luz de los motivos que pudieron llevar a ello.

Notas

36- Ver a modo de ejemplo las batallas de los abogados y del Ministerio Público contra los pedidos de brevedad y restricción a los casos específicos por parte de los jueces al testigo-experto Oscar Destouet, durante la audiencia del 4/06/2015, cuando es citado por sus conocimientos del contexto y la interpretación de los documentos incorporados en el expediente, así como, del mismo modo, las intervenciones recurrentes de los jueces durante el examen del testigo Raúl Olivera durante la audiencia del 12/06/2015 para pedirle acotar sus explicaciones a los casos específicos interesantes para la Corte, cuando era convocado como testigo de contexto. Por el contrario, ver el examen del testigo Jair Krischke durante la audiencia del 16/06/2016, convocado al mismo tiempo como testigo de contexto del Cóndor en Brasil y testigo directo, por sus conocimientos de varios casos específicos (Viñas, Campiglia) ocurridos en Brasil, se le pide brevedad sobre estos mismos hechos por el hecho de que los “casos brasileños” son objeto de otra causa, cuando los casos Viñas y Campiglia están incluidos en el juicio en curso. Todas en Radio radicale, Processo contro i responsabili dell’operazione Condor http://www.rad ioradicale.it/ (Fecha de consulta: 18 de enero de 2017)

37- En efecto, fallecieron durante el juicio los chilenos Sergio Víctor Arellano Stark (instigador del golpe de Estado, delegado de la Junta para la armonización de la justicia por los presos políticos y encargado de la Caravana de la Muerte y de la persecución de los militantes de la UP y del MIR), Juan Manuel Contreras (Jefe de la DINA), Luis Joaquín Ramírez Pineda (Comandante del Regimiento de Tacna), Marcelo Luis Manuel Moren Brito (Jefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana de la DINA, miembro del Estado Mayor de la Caravana de la Muerte y Jefe de Villa Grimaldi) así como los uruguayos Iván Paulós (Jefe de operativos del SID en 1978) y Gregorio « El Goyo » Álvarez Armellino (Jefe del ESMACO, secretario permanente del COSENA, Presidente del COMASPO en 1975, Comandante en Jefe del Ejército en 1978 y Presidente de facto entre 1981 y 1985)

38- Se trata, para los uruguayos, de Ricardo Arab Fernández (SID), José « Nino » Gavazzo (SID, OCOA), Juan Carlos Larcebeau (S2, Jefe de Inteligencia del FUSNA), Pedro Mato Narbondo (SID, OCOA), Luis Alfredo Maurente (SID, OCOA), Ricardo Medina (Policía, SID), Ernesto Ramas (OCOA), José Sande Lima (Policía, SID), Jorge « Pajarito » Silveira (OCOA), Ernesto Soca (SID), Jorge Tróccoli (S2, Jefe de Inteligencia del FUSNA), Gilberto Vázquez Bisio (SID). La Fiscalía había solicitado la absolución de Ricardo Chávez Domínguez, (S3, Jefe de Logística del FUSNA)

En lo que refiere a los chilenos absueltos, se trata de Pedro Espinoza Bravo (Brigadier, miembro de la DINA, miembro de la Caravana de la Muerte), Daniel Aguirre Mora (Prefecto de la Policía de investigación), Orlando Moreno Vázquez (Suboficial del Ejército) y Manuel Vásquez Chahuán (Regimiento de Tucapel, Jefe de las Brigadas Mulchén y Purén de la DINA). Por fin, el peruano Martín Martínez Garay (Jefe del Servicio de Inteligencia del Ejército, SIE), también fue absuelto

39- Sin embargo, hay que precisar que en este proceso no se ha manejado el concepto de crimen de lesa humanidad ya que sólo se juzgaban hechos de ejecución o desaparición forzada, tipificados como homicidios especialmente agravados, que no prescriben en Italia. El debate en torno a la calificación de los crímenes como crímenes de lesa humanidad podría darse en caso de apelación. Es un aspecto clave en la medida en que, evacuando este debate, las torturas y los secuestros no son considerados por el tribunal como crímenes que puedan dar lugar a una condena

40- Argentino, dirigente Montonero, secuestrado el 12 de marzo de 1980 en Río de Janeiro por el Batallón 601 de Inteligencia argentina antes de ser trasladado al centro de detención clandestino argentino de Campos de Mayo. Ver el documento desclasificado “Memorando” del 7 de abril de 1980, Desaparecidos.org, Documentos http://www. desaparecidos.org/arg/victimas/c/campigliah/descla.pdf (Fecha de consulta: 18 de enero de 2017) y el “Memorando” de setiembre de 1980, National Security Archive, Documents http://nsarchive.gwu.edu/NSAEBB/NSAEBB239b/PDF/19800900%20Ampliando%20Antecedentes%20Remitidos%20Informo.pdf (Fecha de consulta: 18 de enero de 2017) así como las informaciones dadas por los testigos Luis Alen, María Campiglia y Jair Krischke en las audiencias del 9/07/2015, 17/03/2016 y 16/06/2016, Radio radicale, Processo contra i responsabili dell’operazione Cóndor http://www.radioradicale.it (Fecha de consulta: 18 de enero de 2017)

 41- Argentino, militante Montonero, secuestrado en el marco de la “Operación Murciélago” destinada a la captura de los militantes que querían entrar o salir de Argentina, el 26 de junio de 1980 en Paso de los Libres (Argentina) antes de haber cruzado la frontera brasileña. Ver las informaciones dadas en los testimonios de Jair Krischke y Silvia Tolchinsky, el 16/06/2016 y el 15/09/2016, Radio radicale, Processo contra i responsabili dell’operazione Cóndor http://www.radioradicale.it (Fecha de consulta: 18 de enero de 2017)

42- Luis Stamponi era argentino, miembro del Estado Mayor del ELN y luego jefe del PRT-B boliviano, capturado en Llallagua (Bolivia) el 28 de setiembre de 1976, remitido el 15 de octubre siguiente a las fuerzas argentinas y transferido al centro de detención clandestino Automotores Orletti, cerrado a finales del 1976. Puede haber sido ejecutado en Uruguay, junto a otros detenidos uruguayos transferidos desde Orletti después del cierre de este centro. Su madre, Mafalda Corinaldesi de Stamponi, fue secuestrada en Buenos Aires el 19 de noviembre de 1976, después de un viaje a La Paz para buscar a su hijo. Ver las informaciones dadas por Enriqueta Stamponi, Gustavo Rodríguez Ostria, Victoria Fernández Quiabert, Edmir Espinoza y Nila Heredia en las audiencias del 2/07/2015 y 3/07/2015, Radio radicale, Processo contra i responsabili dell’operazione Cóndor htt p://www.radioradicale.it (Fecha de consulta: 18 de enero de 2017)

43- Para más detalles, ver las explicaciones esclarecedoras de Roger Rodríguez en la audiencia del 25/09/2015, Radio radicale, Processo contra i responsabili dell’operazione Cóndor http://www.radioradicale.it/scheda/453762/pr ocesso-contro-i-responsabili-delloperazione-condor (Fecha de consulta: 19 de enero de 2017)

Explicaba, por ejemplo (archivo 2/4, minuto 2.09-6.00): “Cuando encontraban en un país un extranjero que podía ser sospechoso, lo detenían, y según la información que podían consignar, envían la información a los otros países, de la misma manera recibían de los otros países el mandato de captura de las personas sospechadas. Cuando un objetivo era concreto se armaba el operativo: viajaban del país de origen del sospechoso uno o dos o tres militares oficiales, policiales, quienes participaban en la captura que debían realizar los locales, capturado era llevado a un pozo y allí el interrogador era del país nativo y los locales eran custodios del detenido. Con una excepción: aquellos casos que no eran operativos políticos sino operaciones económicas porque ellos, además de la represión política e ideológica realizaban la búsqueda, la captura de dinero, de las economías que se repartían entre ellos como botín de guerra.

En ese espacio entraron los niños, reparto como botín de guerra. Los que eran uruguayos tenían que quedar en Argentina o en Chile, argentinos en Uruguay y así sucesivamente para que nunca fueran encontrados. Y los padres en el momento de la desaparición, “cada cual se hace cargo de su propia basura”, esa era la frase que utilizaban, por lo tanto, un uruguayo debía ser desaparecido por un uruguayo, un argentino por un argentino, de ahí los traslados de prisioneros. No es casualidad de los traslados, es protocolo.”

44- Sin embargo, en el caso de Luis Stamponi, capturado en Bolivia, entregado al policía argentino y trasladado a Orletti a fines de 1976, podría haber sido trasladado a Uruguay junto con ciudadanos uruguayos trasladados y desaparecidos en Uruguay, después del cierre de Orletti. Si tal fuera el caso, Blanco, como ministro de Relaciones Exteriores, podría tener responsabilidades en su desaparición. Ver Gustavo Rodriguez Ostria, « Stamponi: una vida en la lucha armada, 1962-1976 », Suplemento La Razón, 2/08/2015 http://www.larazon.com/index.php?_url=/suplementos/animal_politico/Stamponi-vida-lucha-armada_0_2318168226.html (Fecha de consulta: 18 de enero de 2017)


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