02.NOV.18 | Posta Porteña 1965

UPM2: ERRORES GROSEROS DEL CONTRATO, COSTO PARA ROU, DEUDA PÚBLICA Y CALIFICADORAS

Por William Yohai

 

Un Cóctel Interesante

 

William Yohai / 25 octubre 2018

Resumen ejecutivo:

1) estudiando una vez más el contrato surge, en su versión en inglés información que modifica significativamente el monto que invertirá ROU. Serían no menos de 45 mmdd. más por año

2) De la lectura de un documento clave en la página del MEF se deduce que también es mayor a lo que habíamos estimado el pago anual de ROU por el ferrocarril central

3) En total ROU estaría invirtiendo un mínimo de 3,308 mmdd. para la concreción del proyecto

4) Esto sería nueva deuda pública: la misma (ceteris paribus) aumentaría más de un 8%. La relación deuda/PBI pasaría de 67 a 71%

5) No se explica como la calificadora Fitch Ratings considera que el proyecto UPM2 mejora la perspectiva de sostenibilidad de la deuda pública uruguaya.

Hace aproximadamente un mes escribimos un trabajo que titulamos [1] “UPM2: LAS SORPRESAS CONTINÚAN”. Sintéticamente: habíamos descubierto el verdadero costo del ferrocarril para “ROU”, como se llama en el contrato suscrito con UPM, al gobierno nacional.

De los 700 (que con el tiempo fueron subiendo a 800) millones de dólares (mmdd.) que se decía descubrimos que el costo para nosotros iba ser superior a los 2,000.

Recalculamos, en consecuencia, la inversión relativa que cada una de las partes hacía para que el proyecto se llevara a cabo. La conclusión: Uruguay invertía el 51% del total. Prácticamente sin contrapartidas. O con unas muy limitadas.

Hace unos días tuvimos oportunidad de hablar con alguien que conoce a fondo el tema ferroviario. Nos llamó la atención sobre una cláusula del contrato:

“(I) UPM y/o el Operador Ferroviario de UPM, deberán pagar por el uso de la VíaFérrea (ya sea ante ROU o un tercero), a la entidad que disponga ROU, en total, cargos pagaderos solo por el tiempo de uso que no excedan:

i. durante los años contractuales uno a cinco: US$ 0,5 (cinco centavos dedólar de los Estados Unidos de América) por tonelada bruta/km; y ii. durante y luego del año contractual seis: US$ 0,6 (seis centavos de dólar de los Estados Unidos de América) por tonelada bruta/km, en cada caso, facturados a UPM o a su operador de manera mensual.”

En primer lugar cabe señalar la inaceptable desprolijidad que implica dar dos números distintos; (US$ 0,5) significa medio dólar o sea 50 centavos y se contradice en un orden de magnitud (10 veces) con lo que dice en letras. Nótese que dichos precios  serían máximos.

Como el primer número sería, de tomarse al pie de la letra, absurdamente alto (UPM pagaría a ROU hasta unos 500 mmdd. anuales por el uso de la vías, y además se entiende que cuando hay una contradicción como en este caso el valor que debe tomarse es el expresado en letras), calculamos la inversión de ROU descontando los flujos de dinero que recibiría de UPM por este concepto. En este caso el máximo sería unos 50 mmdd. anuales.

¡Santos inocentes, nosotros!  Este conocedor del tema nos hizo notar que ese precio es muy superior al que se acostumbra pagar por el uso de las vías, tanto internacionalmente cuanto el que cobra AFE a los operadores nacionales. De hecho unas 10 veces mayor. Más: si se aplica ese precio y se le suma el que correspondería por flete, el transporte ferroviario utilizando el FC sería más caro que el flete por camión.

Se nos ocurrió entonces que debería existir una versión del contrato en inglés. La buscamos y encontramos en la página de UPM [2]:

“(I) UPM and/or the UPM Railway Operator must pay the entity stipulated by ROU for the use of the Railway (either to ROU or a third party) , total charges payable only for the period of use and will not exceed: i. during contract years one to five: 0.5 US$ cents gross ton/km; and ii. during and after contract year six: 0.6 US$ cents gross ton/km, in each case, billed to UPM or its operator on a monthly basis.”

Y aquí está, redactado correctamente y sin ambigüedades, el valor real: Medio centavo de dólar la tonelada/km bruta. La discrepancia (tres cifras distintas en las dos versiones del contrato) asombra: ¿descuido imperdonable? ¿error deliberado? Que cada cual saque sus conclusiones.

Cabe aclarar que la última cláusula del contrato establece que hay dos versiones del mismo, en español y en inglés, y que en caso de discrepancia la que vale es la que está en español. De todas formas, al ser los precios establecidos solamente máximos, se deduce que el que realmente se piensa utilizar es el que está en la versión en inglés.

Esto afecta todo nuestro cálculo ya que la diferencia entre lo que, como máximo, debería pagar UPM en un caso (5 centavos la ton/km bruta) y el otro es de unos 45 mmdd.

El cuadro que resumía nuestro trabajo citado era:

INVERSIÓN ROU PLANTA UPM 2 (PARCIAL)

Ferrocarril                                          1,583

Pago UPM  a ROU por uso vías   -553

Contrato eléctrico                            943

Viaducto p. Pesquero                      250

Dragado                                             322

Total                                                   2,545

 

De acuerdo a la información disponible hoy el mismo sería:

Inversión ROU UPM 2  (en millones de U$S)

Ferrocarril                                             1,811

UTE                                                         943

Dragado                                                365

Viaducto p. Pesquero                       250 

Pago UPM  a ROU por uso vías     - 61

Total                                                     3,308

 Las tres diferencias radican en:

1) Al cotejar el documento oficial que figura en la página del MEF [3] y que da una versión final acerca de los pagos que, por concepto de disponibilidad de la vía estaría dispuesto a pagar el gobierno a la empresa ganadora de la PPP encontramos una cifra que no habíamos visto antes: 156.740.000 anuales. De acuerdo a declaraciones del titular del consorcio ganador encabezado por la empresa SACEEM su oferta es 5% inferior al máximo permitido [4]

2) El monto máximo que recibiría ROU se ha reducido 

 3) El dragado [5] lo calculamos sobre un plazo de 18 años en vez de 15. Todos los montos han sido calculados sobre la base del valor actual de los pagos anuales. La tasa de interés es de 4.5% anual.

Una última aclaración: estas cifras sobre la inversión de ROU son incompletas. No incluimos, por ejemplo, los por lo menos 180 mmdd. que se desvían del fondo de estabilización energética para pagar obras complementarias del ferrocarril y expropiaciones, ni  obras viales para mejorar el transporte de madera, pagos por la supervisión del proyecto ferroviario, etc.

¿Qué significan estos números?

El país no tiene excedentes financieros disponibles. El hecho de que exista un déficit fiscal crónico del orden de 4% implica que toda inversión se realiza en base a endeudamiento público. Por tanto estos 3,308 mmdd (millones de dólares) que invertirá el estado en tanto el proyecto siga adelante serán agregados a la deuda pública.

El hecho de que el principal rubro, el ferrocarril central, se lleve adelante mediante una participación público privada (PPP), tiende a ocultar el nuevo endeudamiento que se crea. Pasa lo mismo con el contrato eléctrico. Desde el momento que la planta comenzara a funcionar UTE debería oblar 72.5 mmdd. anuales para pagar una energía que no necesitaría. Salvo por las pérdidas de generación debidas a que debería garantizar un flujo mínimo al Río Negro para diluir la contaminación de la planta. 

Los mecanismos tipo PPP, o PPA (acuerdo de compra de energía por su sigla en inglés) han sido analizados extensamente por su uso frecuente para maquillar deuda pública. Sirven también para evitar el aumento del déficit fiscal que generaría su contabilización como gasto al momento de realizar la inversión [6].  Pero http://ppp.mef.gub.uy/innovaportal/file/23002/22/complemento-del-modelo-economico-financiero.pdf

Para tener una idea de las magnitudes: según el informe del BCU la deuda del sector público global al final del segundo trimestre (último dato publicado) ascendía a casi 40 mil mmdd.  Por lo tanto para facilitar la instalación de UPM2 el país deberá aumentar la misma en más de un 8%. Aun considerando que, dada la forma que la producción de celulosa se contabiliza en cuentas nacionales [7] (de esa cantidad de dinero que supuestamente ingresa por exportaciones una parte ínfima vuelve a la economía del país) la producción de UPM2 agregaría un 2% al PBI anual, el coeficiente deuda/PBI pasaría (manteniéndose todo lo demás igual) de 67 a 71%. Esto, claro, si se contabiliza esa nueva deuda.

Hasta ahora el maquillaje  de la deuda pública le está restando varios miles de millones de dólares a la misma. Sólo por los pagos que debe realizar UTE por concepto de energía (molinos eólicos, pasteras ya existentes y otros) la suma es del orden de 7,000 mmdd.

Y LAS “CALIFICADORAS DE RIESGO”…... ¿QUÉ?

Recientemente se conoció el informe de una de las empresas que califican a la deuda uruguaya [8] El informe analiza varios factores que determinan, en última instancia, que se mantiene el grado inversor [9] para la deuda pública uruguaya aunque se varía la perspectiva a negativa.

Entre sus conclusiones finales resalta: “Fitch asume que la construcción de una nueva planta de celulosa que comenzará tan temprano como 2020, así como la infraestructura necesaria antes de ello, fortalecerá el crecimiento tanto durante la fase de construcción como una vez que la producción comience”

Es curioso: el informe toma en cuenta los beneficios que desde el punto de vista de los acreedores, sobre todo internacionales, tendría la eventual instalación de UPM2; pero no el aumento de la deuda pública que ello conllevaría. Como  hemos detallado más arriba, el coeficiente deuda/producto, uno de los factores que se tienen en cuenta, variaría negativamente si el proyecto sigue adelante. También lo haría el déficit fiscal (si todo lo demás se mantiene igual) considerando los pagos que habría que hacer a la concesionaria PPP ferroviaria, a UPM (contrato eléctrico) y otros. Hemos cuantificado estos pagos en 300 mmdd durante 15 años. La contrapartida de aumento de recaudación fiscal sería muy inferior, aun aceptando las tan infladas como nunca fundamentadas cifras que ha manejado públicamente el gobierno.

Todo esto sirve para demostrar que estamos ante todo un sistema destinado a edulcorar y justificar determinadas inversiones. Se niega cualquier posibilidad de un análisis objetivo del costo-beneficio de las mismas.     

En agosto, en ocasión de discutirse en el parlamento el desvío de dineros desde el fondo de estabilización energética hacia la construcción del FFCC, el diputado Iván Posada reclamó dicho estudio.  El gobierno afirma que el mismo existe…..hasta ahora es desconocido.

EN SUMA: URUGUAY ASUMIRÁ  DEUDA PÚBLICA POR MÁS DE 3,300 MILLONES DE DÓLARES. UPM GANARÁ 1,000 MILLONES DE DÓLARES POR AÑO. POR MÁS QUE LAS CALIFICADORAS, POR AHORA, ALABEN EL PAPEL DEL PROYECTO UPM2 EN LO REFERENTE A LA DEUDA PÚBLICA Y SU SUSTENTABILIDAD, LA REALIDAD SIEMPRE ACABA POR IMPONERSE. CUANDO AL YA ABULTADO DÉFICIT FISCAL SE LE SUMEN LOS PAGOS POR LA CONTRIBUCIÓN A UPM2 LA SITUACIÓN SERÁ, SEGURAMENTE, PEOR.


[1]     25.SEP.18 | Posta Porteña 1953

[2]     https://www.upm.uy/siteassets/documents/investment-agreement.pdf

[3]     http://ppp.mef.gub.uy/innovaportal/file/23002/22/complemento-del-modelo-economico-financiero.pdf

[4]  Esto da: 149 mmdd anuales*18 años=2,680 mmdd. Al aplicarle el valor actual a una tasa de 4.5% éste queda en los mencionados 1,811 mmdd.

[5] El costo del dragado lo tomamos de lo afirmado por  Luis Lacalle en llamado a comisión del senado el año pasado.

[6]   Ver, por ejemplo: “La dimensión contable de le revolución eólica uruguaya” en https://6elaee.aladee.org/webtree/submit/download.php?subId=137&final=yes

[7]  Tema que hemos discutido con algún detalle en: UPM2: MENTIRAS Y VERDADES EL INSONDABLE MISTERIO DEL PBI Y EL EMPLEO en 18.JUL.18 | Posta Porteña 1927

[8]     https://www.fitchratings.com/site/pr/10047569

[9]    “grado inversor” significa que la deuda (en este caso la pública uruguaya) tiene un riesgo de impago relativamente bajo. Esto a su vez implica que inversores institucionales, como fondos de pensión y otros, pueden adquirirla. El resultado es que la tasa de interés que paga la emisión de nueva deuda es relativamente reducida. “Riesgo país” es el nombre que se da a la diferencia de tasa que paga la deuda uruguaya en relación a los títulos de similares características emitidos por el Tesoro de EEUU.


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